Declaración de ediles: La soberbia no deja ver errores.
VISTO: El nuevo llamado a Comisión de Asuntos Sociales de los directores del Área de Discapacidad, Sra. Elba Lago; de Recursos Humanos Mtra. Cristina González y de Acción Social (Desarrollo Social) Mtro. Pablo Balbi de la Intendencia Municipal de Canelones.
La bancada de ediles del Partido Nacional en dicha Comisión, considera:
1º. Que los integrantes del Ejecutivo pretendieron (en exceso, a través de la presentación y simple lectura de “power points”) ahondar en detalles de áreas que no se ceñían al objeto del llamado (oficio 07/2008 – del 27 de octubre de 2008), esto es, empleo para discapacitados e implementación del boleto gratuito para personas con capacidades diferentes.
2º. Que se procuró evidenciar, a criterio de los ediles del Partido Nacional, las fallas que se han presentado en ciertas políticas relacionadas con la discapacidad.
A saber:
I- No se ha entendido, por parte de la IMC, la ley 18.094 (art. 1º y sgs) relativa a empleo de personas con capacidades diferentes; en cuanto a los mecanismos de la cobertura de las vacantes presupuestales y funciones contratadas que se generan en la administración. Ni un solo discapacitado ha sido llamado a ocupar cargos en la Intendencia Municipal, a través de llamados que se han hecho.
II- Según las vacantes (presupuestales) generadas en 2005, debieron cubrir 2; en 2006, 5; y en 2007, debieron cubrirse 7 vacantes. Nada de ello sucedió, en plena vigencia de la ley 18.094.
III- Rechazar enfáticamente, declaraciones formuladas por la señora Directora de Recursos Humanos, Mtra. Cristina González, quien aseveró la realización de práctica clientelística a la hora de proveer de cargos, en administraciones anteriores, diciendo que ingresaban “a dedo, discapacitados amigos” sin previo concurso.
IV- Esta representación del Partido Nacional en la Comisión de Asuntos Sociales y Derechos Humanos, sostiene con firmeza, que en esta administración se ha utilizado el dedo para discriminar, con palmaria claridad a la hora de realizar llamados públicos y externos para la cobertura de vacantes presupuestales o funciones contratadas (léase el llamado de mayo 2007, en el que se viola el principio de igualdad, que, luego se pretende enmendar un error consumado). Error que viola uno de los más sagrados principios constitucionales (art. 8 de la Carta Magna), como lo es la igualdad ante la ley; el mismo quedó evidenciado en el Resultando de la Resolución Nº 07/05101 – Expediente A 299937 con fecha del 13 de setiembre de 2007, donde dice que dos ciudadanas profesionales “no pudieron acceder al referido llamado por su condición de no videntes” (http://www.imcanelones.gub.uy/sgd/sgd_doc.jsp?id=0340C3F5C410F50E0325734C007D9A82).
V- Téngase en cuenta también que, funcionarios públicos discapacitados, (caso de la funcionaria - expte.459-40/2007, Juzgado Letrado de Primera Instancia de 3° turno) que obtuvo una sentencia favorable; condenándose a la IMC a pagar una importante cifra, dado el sufrimiento padecido por actos que le ocasionaron daño moral y otros perjuicios.
VI- Se admitieron, por parte de la Directora de Discapacidad, Elba Lago, errores padecidos en la implementación del boleto gratuito para personas con discapacidad, dado que no hubo una campaña de difusión tendiente a la información (ni siquiera en la web oficial www.imcanelones.gub.uy se dio difusión) para el retiro de formularios a efectos del estudio previo al otorgamiento de los boletos.
VII- Que hubo notoria tardanza en los pasos previos, a la fase administrativa antes mencionada, esto es: firma de convenio con las 13 compañías de transporte colectivo en mayo (cuyo plazo vence el próximo 31 de diciembre); a lo que, se suma el reconocimiento de no haber llegado, con los tiempos estimados por la Dirección de Discapacidad; cosa que tampoco pudo concretarse.
VIII- Se saluda sí, la importante donación obtenida mediante la cooperación internacional del gobierno noruego en implementos para personas discapacitadas.
IX- El abordaje del tema accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, ha tenido un encare programático del cual se esperan avances, por parte de esta representación.
Ante estas consideraciones, los representantes del Partido Nacional en la Comisión Nº 10 de Asuntos Sociales y Derechos Humanos, resuelven elevar a la Bancada de Ediles, el siguiente proyecto de RESOLUCIÓN:
1º. Declárese insatisfactorias la información brindada por los jerarcas llamados a Comisión, el pasado 18 de noviembre de 2008.
2º. Por lo precedente, es que se considera que la Intendencia Municipal ha tratado con notoria tardanza y evidentes errores administrativos a la hora de la implementación del boleto gratuito para personas discapacitadas, tanto como en la aplicación rigurosa de la ley 18.094 publicada en el D. O. el 16 de enero de 2007 y su decreto reglamentario del 11 de junio de 2007.
3º. Procurar, mediante la gentileza de los medios de prensa, la mayor difusión a la implementación del boleto gratuito para personas discapacitadas y otras políticas sociales de atención a la discapacidad en Canelones, dada la carente política comunicacional que, por parte, de la Intendencia se ha llevado adelante.
4º. Analizar junto a la Bancada los distintos mecanismos de contralor, tendentes a deslindar eventuales responsabilidades de autoridades de la IMC.
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