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Agrupación DORVAL SILVERA SARAVIA

IASS!!!, OTRO GOLPE IMPOSITIVO

IASS!!!, OTRO GOLPE IMPOSITIVO

      Que sí, que no. Luego de idas y venidas, el Presidente de la República, anunció la derogación del IRPF a pasivos; pero, será sustituido –muy probablemente con símiles vicios jurídicas del malogrado y archicuestionado impuesto.

 

      El futuro “Impuesto a la Asistencia de la Seguridad Social (IASS)” viene, como bien citó al Maestro Eduardo J. Couture, el diputado Abdala (PARTIDO NACIONAL), a infrigir aquello que  “la cosa juzgada es ley para las partes” y precisamente, el Estado-Administrador, es una de las partes que debe acatar el imperio de la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

      

Pues, mediante la creación de un nuevo impuesto, que intente suplir al malherido IRPF a pasivos, es –en buena medida- un hecho vaticinado por el Presidente del Honorable Directorio del Partido Nacional, el Dr. Jorge Larrañaga, al presagiar que el gobierno sacaría de su galera, un nuevo impuesto, fruto de su vocación innovadora (lamentamos que, este gobierno, su musa inspiradora genere tal cetrinos efectos para el conjunto de la sociedad uruguaya).

 

        Así es. Generalmente las siglas de las figuras impositivas han sido no sólo complicados términos, para la pronunciación de los contribuyentes; y esto es, en dos sentidos: pues, no sólo en su deletreo sino a la hora de su desembolsillo. Pero, en cuanto a este impuesto “IASS”, alegóricamente  representa la voz que pronuncia el “karateca” al dar un golpe a su contendiente.

 

¡¡IASS!! Dijo Vázquez, al impactar su mano contra la nuca de los futuros contribuyentes. Parece que, la fuerza de gobierno, caerá con el igual peso fiscal que, lo hiciere respecto del otrora proyecto de reforma tributaria (del cual, según el actual Ministro Astori, reconoció su fuerza política arenga desde 1971).    

 

        Parece que no basta con gravar la fuerza de trabajo, sino que se pretende hacerlo –algo que el FA siempre criticó-; como lo son, los ingresos provenientes de jubilaciones y pensiones que, a decir de tres de los Ministros de la actual Suprema Corte de Justicia, “no se puede gravar por su origen y naturaleza”.

Es que, el origen y naturaleza de las pasividades hablan de un ahorro coactivo que transcurrió durante la vida laboral del otrora contribuyente, hoy pasivo.

2 comentarios

PEPE -

MUY BIEN FERNANDO!!! IASS!!! CON ESTAS COSAS, SALUDOS.

DANIEL -

Estoy en desacuerdo con ponerle impuestos a los pasivos.-
Ellos, en su vida activa aportaron al BPS, para tener un respaldo solidario en su retiro de la actividad.-
Pues bien, si ya aportaron, no pueden aportar de nuevo, menos aun si todos sabemos que de un salario en actividad, como jubilado se cobra mucho menos.-
Y si para colmo de males, le agregamos los famosos TOPES JUBILATORIOS, este nuevo impuesto, es una barbaridad.-

Daniel