Lúquez presenta la creación de una Escuela de Gobierno
A continuación transcribimos la minuta de aspiración que el Sr. edil Dr. Lúquez, que presentará en esta semana (del 9 al 13 de noviembre de 2009) en la Junta Departamental de Canelones, referente a la creación de la Escuela de Gobierno:
"El edil abajo firmante, en conformidad de lo así resuelto por la Comisión Permanente Nº 1 “Asuntos Internos, Legales y Económico-Financieros”, dado que la misma se encuentra abocada al estudio de la Carpeta Nº 5399/2009, referente al tema: “Creación de una Escuela de Gobierno”, impulsada por el suscrito, a través de lo así expresado en una Sesión Ordinaria del Cuerpo; en cuyo mérito, es que viene a formular el proyecto en cuestión de acuerdo a las siguientes consideraciones:
I- Que, el suscrito edil ha constatado –en el entendido de interpretar una percepción compartida entre varios señores ediles- una preocupación instalada en la presente legislatura, referente a la necesaria preparación de los curules para el mejor desempeño de la función de precepto constitucional: legislación y contralor comunal.
II- Que el espíritu de la presente minuta de aspiración reside en que, la actual legislatura departamental legue a la venidera, de las más básicas y elementales herramientas para que, los futuros ediles –locales y departamentales (y así, subsiguientemente; salvo mejor opinión de los sucesivos Gobiernos Departamentales) desempeñen sus funciones constitucionales y legales, en estricta correlación, a la elevación de la institucionalidad democrática tanto como de la construcción de más y mejor ciudadanía.
III- Que, se ha constatado con cierta preocupación un no muy óptimo manejo de la legislación estatutaria del edil departamental, en cuanto ello se ha apreciado a través del desempeño de la función de los señores legisladores comunales; pues, a la hora de enfrentarnos con la más elemental técnica legislativa, requerida para la presentación de proyectos legislativos, resoluciones, tanto como lo que concierne a la delimitación de la materia nacional, departamental y municipal, respectivamente, no se ha observado un manejo, quizá, adecuado de la normativa que reglamenta la función en cuestión, pues ello obedecería estrictamente al desconocimiento de aquélla (esto es, sin perjuicio de lo establecido en el art. 2 del Código Civil Uruguayo: “La ignorancia de la ley no sirve de excusa”). Todo esto, podrá ser salvado a través de la obra de una Escuela de Gobierno en Canelones.
IV- Que, de lo referido ut supra, los señores ediles departamentales de la presente legislatura, quizá por ese mismo desconocimiento de la normativa regulatoria de la función de precepto, ha desdibujado a la misma distrayéndose en otras competencias funcionales que le son ajenas, por ejemplo: la materia nacional y/o municipal.
V- Que ha sido tradición política (violatoria de la Ley Orgánica Municipal Nº 9.515 del 10 de octubre de 1935, arts. 58 y sgs.), antes de la integración de las Juntas Locales del departamento (verdaderos órganos del desarrollo municipal), el desdibujo de la función legislativa al asumir competencias ajenas (que la ley no le atribuyó), nos referimos a lo estatuido para el edil local: el desarrollo local y las políticas municipales. Por lo que, a través de la instalación de esta Escuela de Gobierno, se deberá preparar a los representantes locales y departamentales, ilustrándoles y capacitándoles respecto de las funciones que devienen de sus competencias materiales.
VI- Asimismo, se considera necesario –por ello se consigna esta iniciativa- jerarquizar la función pública que le cupe al edil departamental, capacitándolo a través de cursos didácticos y básicos, que mediante a la instauración de una Escuela de Gobierno, se les capacite –tanto como a ediles locales- durante los primeros 180 días de iniciada la próxima legislatura o, contados a partir de la integración de las próximas Juntas Locales del Departamento.
VII- Se procurará en el próximo presupuestal quinquenal de ingresos, gastos y egresos, la dotación de una partida necesaria para la creación de una Escuela de Gobierno y/o la suscripción de convenios con la Universidad de la República (Facultad de Derecho y Ciencias Sociales), por ejemplo; a los efectos , de que dicho Ente Autónomo u el organismo que entienda pertinente la Junta Departamental de Canelones, proporcione de los técnicos y docentes para el dictado de los cursos de preparación, capacitación, seminarios y congresos que la Escuela organizare.
VIII- Las asignaturas o cursos de dicha Escuela podrán abordar las diversas ciencias y técnicas que redunden en la mayor capacitación posible de los señores ediles, locales y departamentales, por ejemplo: Derecho Público (Constitucional), Derecho Legislativo, Técnica Legislativa, Retórica, Nociones Básicas del Derecho Municipal, Oratoria, Ciencia Política, Historia de las Ideas, etc. Es de consignar que, la enumeración de asignaturas, no tiene carácter taxativo sino enunciativo, siendo modificada total o parcialmente; salvo aquellas que se consideren básicas para el contenido didáctico de la Escuela de Gobierno: Derecho Público (Constitucional), Derecho Legislativo y Técnica Legislativa.
IX- Se podrá instaurar, junto con el Intendente Municipal de Canelones, la integración rectora de dicha Escuela, con representantes de las dos instituciones del Gobierno Departamental; encarando desde la misma, como se expresara precedentemente, la capacitación no sólo de ediles departamentales sino de los ediles locales del departamento.
X- La integración de dicha Escuela, se hará designando –con carácter honorario- a 5 miembros, los que tendrán a su cargo la dirección de la misma, su representante será un Rector, secundado por un Vice-rector. Ambos cargos, serán renovados anualmente para cuyo desempeño, se hará de forma rotativa (según se establezca oportunamente, en el decreto que reglamente la creación, cometidos y funcionamiento de la Escuela de Gobierno).
XI- El Consejo Directivo de la Escuela de Gobierno (de carácter honorario), se integrará, pues: por 2 representantes del Señor Intendente Municipal y los otros 3, lo harán representando a la Junta Departamental de Canelones (estos últimos, no necesariamente serán integrantes de la Corporación Legislativa).
XII- Cabe consignar que, la instauración de este nuevo instituto no tiene por objetivo la creación de cargos (docentes) que implique la erogación de gastos para el Gobierno de Canelones, sino que ello se podrá suplir con la suscripción de un convenio con la Universidad de la República (Facultad de Derecho y Ciencias Sociales) a la que, se le requerirá el concurso de pasantes (aspirantes a docentes en la UDELAR – Facultad de Derecho, en las especialidades catedráticas indicadas en el numeral VIII de esta minuta).
Sin más, para agregar al respecto –esperando que la Corporación estudie, amplificando y modificando todo aquello que mejore la iniciativa, saluda a usted muy atentamente,
Dr. Fernando Lúquez Cilintano
EDIL DEPARTAMENTAL – PARTIDO NACIONAL
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