Uruguay ¿vuelve a violar DDHH? (Opinión)
En 2007, se dio una discusión entorno a la despenalización del aborto; el tema fue archivado gracias al veto del entonces Presidente Dr. Tabaré Vázquez. Decisión atinada de un galeno vuelto político.
Se habló mucho en esos días, sobre la forma en que debería consultar al Soberano (a la ciudadanía) acerca de cómo podría contarse con su anuencia en la habilitación de la despenalización del aborto.
Cuatro años después, se desecha tal mecanismo y se votará directamente en el Poder Legislativo. Hoy se va en esa corriente regionalista e injustificada de habilitar el aborto hasta los 3 meses (12 semanas) de gravidez.
Más allá que parte de este gobierno y ciertos grupos sociales, traten a la vida humana como una mercancía, al habilitar algo que en el Uruguay –gracias a compromisos internacionales ratificados por ley- jamás podrá hacerse, léase leyes 15.737 (Convención Americana sobre Derechos Humanos) y 16.137 (Convención de los Derechos del Niño). Y aquí no rige el principio de derogación de las normas de igual jerarquía, donde la última en el tiempo abroga a la primera, porque la antes mencionada ley es tal, en la medida que fue utilizada como mero instrumento legislativo para incorporar al derecho interno una norma supranacional, inderogables por la Constitución de los Estados ratificantes, y menos aún, por sus leyes.
El mismo criterio deberían utilizar aquellos constitucionalistas y defensores de los DDHH, cuando se desoyó dos veces un pronunciamiento popular, en lo referente a la Ley de Caducidad. Acaso ¿no están discutiendo la vigencia de los DDHH en el Uruguay nuevamente? La vida de seres indefensos. ¿No?
Salvaje es la iniciativa de matar a un ser inocente, porque si bien un país entero se conmueve con el asesinato de una persona (de meses o años de vida); por otro lado, vemos cómo con total frialdad los promotores de la despenalización del aborto, no se inmutan en absoluto. ¿Cuál es la diferencia? El fruto de la vida, que por el sólo hecho de depender biológicamente de su madre, ésta ni nadie, puede arrogarse la potestad de privarle de vida. Sólo Dios nos la concede; “el ser humano no depende de leyes humanas. No hay ley que pueda ir contra la naturaleza humana”, así dijo Nicolás Cotugno (Arzobispo de Montevideo), cosa que compartimos total y absolutamente.
¿Cuál es la diferencia, entre el delito de aborto y el de homicidio? Sólo una: el primero protege la vida intrauterina o dependiente y el segundo, la vida humana luego del nacimiento. Pero los dos, fueron concebidos jurídicamente para proteger el bien más preciado sobre la tierra: la Vida. Por tanto, despenalizar el aborto es como habilitar la pena de muerte, o en el peor de los casos, derogar el delito de homicidio. ¿Cuál es la diferencia? Ninguna.
Seguramente, el Presidente Mujica, sí razona sus dichos o expresiones mediáticas, ha de ratificar una posición coherente. Es que ha manifestado su intención de “premiar” a las mujeres que sean madres, a efectos de poblar un país vaciado de gente. Sí se opta por despenalizar el aborto y por otro lado premiar a las mujeres embarazadas ¿Dónde está la coherencia? ¿Qué se busca con todo esto?
Volvemos a ratificarnos en aquello de que, en democracia o cualquier otro sistema político, habilitar mecanismos legales que priven de vida a seres humanos, se da de bruces con la comunidad y el derecho internacional. Es un retroceso en la historia, y nos remonta a los tiempos de Esparta, pueblo que asesinaba a sus niños inidóneos para la guerra. ¿Cuál es la diferencia? Ninguna.
¿No hay métodos anti-conceptivos en este país? Se abrirá un canal cuyo torrente sea, quizá, la fluidez y frecuencia de abortos, la formalización de clínicas abortivas. ¿Así se sigue construyendo un país de primera? Sí no se respeta el primero de los DDHH no habrá margen para el resto de los derechos. Sin vida no hay país, no hay futuro.
0 comentarios