Política
Habla Marta Da Rosa (331-2010)
LÚQUEZ: 7 LISTAS, 740 INTEGRANTES, 5 CANDIDATURAS, UN INTENDENTE, UN PRESIDENTE
El Dr. Fernando Lúquez, actualmente es suplente de edil departamental, convencional departamental y convencional nacional suplente, de Alianza Nacional; es el más joven dirigente del Partido Nacional que, en poco más de 10 años, ha generado una proyección política basada en obras de contenido social (desde la fundación del Liceo Público de Juanicó, pasando por otras obras locales, hasta diversas festividades y eventos que han proyectado a su localidad natal en el plano departamental), al lado de la gente siempre –ha sido su constante-, superando todo tipo de limitaciones u obstáculos, incluso aquellas que, el destino le impuso, desde el plano físico. (ver listas)
Hoy, con sus 31 años, es el pre-candidato a diputado más joven no sólo de su partido, sino que podría convertirse en el primer parlamentario con discapacidad (motriz). Abogado, docente e integrante de media docena de instituciones de Juanicó y, del departamento de Canelones, ha sabido conjugar sus tiempos para desempeñarse en cada una de sus actividades, funciones tanto como, su profesión.
Al cierre del plazo para la presentación de las listas, de cara a las próximas elecciones internas, el edil Lúquez, cuenta con el respaldo de 7 listas departamentales. A saber: (ver listas)
- Lista 162010, de la agrupación “San Isidro”, liderada por el candidato a la Junta Departamental, el dirigente pedrense Jorge Colina.
- Lista 222010, de la agrupación Caudal Nacionalista Canario, cuyo principal referente es el cantautor Raúl Romero, siendo candidato a edil departamental por dicha agrupación. Además integran la misma: Sergio Urtizberea, Natalia Molinari, Gabriela Castro, William Barreiro, Nelson Goñi, Pablo Pagano, Prof. Daniel Torena, entre otros; contando el respaldo del ex representante nacional Prof. Ágapo Luis Palomeque.
- Lista 322010, de la agrupación “Juntos Por Las Piedras”, cuya principal referente es la joven empresaria Laura Rodríguez Cattoni.
- Lista 382010, de la agrupación “Somos de Juanicó”, cuyo principal referente es el productor Víctor Pérez Marichal, a quien lo acompañan, referentes sociales y políticos de la localidad natal del Dr. Lúquez: el candidato a edil departamental Roberto Frattini, Isabel Berreta (sobrina nieta de Don Tomás Berreta), Heber Britos Herrera, Miguel Sorbara, Víctor Lachaga, Horacio Goñi, Nedy De Souza, Pedro David, entre otros.
- Lista 452010, de la Agrupación “Sembramos con Fe”, cuyo principal referente es el dirigente de Toledo, Hugo Pereira.
- Lista 3312010, de la agrupación Corriente Canaria de San Ramón, liderada por la candidata a la Junta Departamental, Martha Da Rosa.
- Lista 9000, se concreta así el apoyo del Movimiento Con Todos, del Senador Ruperto Long, cuyos principales referentes departamentales son Nelba Fernández y Carlos Nan.
La legalidad de las cuentas de la IMC ¿para la risa o la preocupación?
En la campaña electoral de 2005, el entonces candidato a la Intendencia Municipal de Canelones, Dr. Marcos Carámbula, habría manifestado que, no se observarían gastos ni actos de su gobierno, por parte del Tribunal de Cuentas de la República. Pero, en este como en otros temas, el tratamiento de la administración hacendaria de la comuna, ha merecido serias y comprometidas observaciones en la regularidad jurídico-presupuestal del gobierno de Canelones. Es decir, se gasta lo que no se tiene, lo que se debe no se paga, las obras anunciadas siguen siendo…anunciadas, y el dinero disponible –establecido en las normas presupuestales- se desvía a propósitos ajenos a éstas. Así marcha la denominada “Comuna Canaria”.
Decir que el contralor de la hacienda pública que ejerce el Tribunal de Cuentas (art. 211 de la Constitución), es testimonial o motive algún exabrupto, dado que sus elaborados dictámenes con rigor jurídico, no tienen un efecto vinculante con el acto de gobierno o gasto, observados por estrictas razones de legalidad.
La desprolijidad comunal ha superado la capacidad de asombro, en el momento en que se estudian los expedientes con los irrevocables dictámenes del TCR; la IMC hace oídos sordos y sigue con su plan de gastar lo que no se tenía previsto, violando –una y otra vez- disposiciones legales (art. 15 del TOCAF, por ejemplo). Dos veces el Intendente viola la ley, primero el presupuesto que él mismo propuso a la Junta Departamental (que es ley para el departamento) y luego, al mismo TOCAF (normativa especializada en la materia).
En fin, es una pena que, estos temas no salgan a la luz pública (por conveniencia o complicidad quizá, de algún poder “apolítico” con determinados intereses…); es que, la principal intendencia del interior del país, gasta el 97% de lo que recauda en su funcionamiento y solo el 3% restante, lo invierte en obras. Cada millón de pesos sólo treinta mil, se invierten en aquello que, el contribuyente quiere ver: obras municipales. Por eso, es que se ha visto hacer muy poco aún. Se ha preferido crear, reproducir y mantener una macrocefálica y abultada cartera de jerarcas, llegando a unos 150 cargos cuyos sueldos rondan los U$S 2.000 (dólares americanos dos mil). Así anualmente, la ahora denominada Comuna Canaria (otrora Intendencia Municipal de Canelones) gasta por ese concepto unos U$S 3.600.000 (dólares americanos tres millones seiscientos mil), no se incluye en ese cálculo, sueldos del Señor Intendente y de los más de 5.000 funcionarios municipales.
Sin crédito para gastar, la Intendencia sigue gastando lo que no tiene, y lo que es peor, va de camino a duplicar el déficit que heredó de Hackenbruch, hoy lo supera en casi U$S 150.000.000 (dólares americanos ciento cincuenta millones), a esto no se suma las importantes condonaciones de deudas mantenidas con entes autónomos y servicios descentralizados, entre otros acreedores. Por ejemplo: el Banco de la República, remiso a oblar sus créditos con cualquier productor del país, este directorio perdonó una deuda de la IMC en unos cuantos millones de dólares; más aún, le otorga nuevos empréstitos para cumplir deudas vencidas y para pagarle los sueldos de sus funcionarios. O, que esta misma Intendencia, asumiera –hace un tiempo ya- una deuda que un club pedrense mantenía con el Banco Hipotecario del Uruguay, algo que es, inaudito en nuestro derecho municipal.
Pero volvamos a las desprolijidades evidenciadas por el Tribunal de Cuentas, de las que, parece poco o nada importar al gobierno comunal y a determinados centros de poder:
a) - mediante Resolución Nº 07/05120 de fecha 13/09/07, el Intendente Municipal dispuso celebrar un convenio con el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), para la implementación de un plan piloto de barrido urbano con inclusión social en las localidades de La Paz, Las Piedras, Progreso, Canelones, Santa Lucía y Pando. La Intendencia, se obligaba a implementar el plan piloto de barrido urbano, en el que se integrarían 63 clasificadoras o clasificadores como barrenderos en la primera región y 40 en las restantes dos ciudades, con una remuneración equivalente a un salario básico municipal ($ 5.800) y por su parte, el MIDES aportaría a la Intendencia la suma de $ 741.600.-, con destino a la contratación de la Organización de la Sociedad Civil (OSC) seleccionada para la gestión de éste programa y $350.200.- con destino a apoyar la adquisición de los uniformes de trabajo. Dicho convenio fue suscrito el 14/9/07; para lo que se suscribieron dos convenios: FUCVAM para realizar las tareas en las zonas de La Paz, Las Piedras y Progreso, y con IDES para realizar las tareas en las zonas de Canelones y Santa Lucía; aquí hay varias fallas administrativas que evidencian un procedimiento ilegal: a) el convenio suscrito con el Ministerio de Desarrollo Social no encuadra dentro de lo dispuesto por el Numeral 3) Literal A) del Artículo 33 del TOCAF, en cuanto éste impide la inclusión de la participación, directa o indirecta, de empresas privadas,
b) la contratación de las Organizaciones no Gubernamentales debió realizarse mediante los procedimientos de contratación administrativa prescriptos por el Artículo 33 del TOCAF, en el caso, la Licitación Pública, si bien se realizó un llamado a distintas Organizaciones No Gubernamentales se trata de un procedimiento especial no habilitado por el Artículo 34 del TOCAF, y
c) el gasto comenzó a ejecutarse sin recabar la intervención previa de este Tribunal, contraviniendo el Artículo 211. Literal B) de la Constitución de la República;
Pero hay más: En este mismo acto de gobierno –que fue observado- se suscribió un nuevo convenio con fecha 11/11/08, se celebró contrato de donación modal entre la Intendencia y FUCVAM, siendo el plazo estipulado de doce meses a partir del 01/02/08, retrotrayendo por lo tanto la vigencia a dicha fecha, obligándose en este nuevo contrato, la Intendencia Municipal a transferir, dejándose sin efecto la contratación anterior y el convenio de fecha 19/12/07, en carácter de donación modal, la suma de $6:350.163.- y el modo al que se obliga FUCVAM, consiste en atender en materia de barrido, papeleo y levantamiento de vegetales, las localidades de la micro región Las Piedras, La Paz y Progreso, aproximadamente 618 cuadras diarias con un producido de residuos en el entorno de 4.875 kg diarios, más los restos verdes.
Son actividades, de estricto giro municipal, dado como dice el TCR “las tareas comprendidas en el convenio de donación modal de fecha 11/11/08, se encuentran dentro de los servicios públicos de las Intendencias Municipales, conforme a lo que preceptúa el Artículo 35 Numeral 24 de la Ley N° 9515, de 28 de octubre de 1935; asimismo, el deslucimiento jurídico de esta Intendencia se muestra una vez más, cuando –contraviniendo disposiciones del Código Civil- se utiliza un formato jurídico “contrato de donación modal” no ajustada a lo que, verdaderamente es, un arrendamiento de servicios; quizá algún asesor del Intendente debería nuevamente rendir en la Facultad de Derecho, alguna asignatura.
Es que “para que se configure una donación modal, nuestra legislación requiere (Artículos 1613 y 1615 del Código Civil) que ‘el donante ejerza un acto de liberalidad’ y que ‘el modo o ganancia impuesto y apreciable en dinero no sea equivalente al valor del objeto donado’; lo cual es avalado por la doctrina que establece que la donación modal constituye un instrumento para realizar en primer término una liberalidad y solamente en vía accesoria se propone gravar al donatario con una obligación que asume carácter de secundaria o subordinada (Prof. Jorge Gamarra – “Tratado de Derecho Civil Uruguayo” Tomo VI, Pág. 147).
Para rematar en este procedimiento irregular, no se respetó el principio de publicidad y de igualdad entre los oferentes; además de que, se empezó a ejecutar el gasto sin la intervención del TCR.
Por otra parte, en enero de este año 2009, el Contador Delegado observó 14 actos (mientras la Junta Departamental se encontraba en receso) que se detallan de la siguiente forma:
Motivo | Cantidad | Importe $ |
Por incumplimiento del Art. 211 Lit. B) de la Constitución de la República y de los Arts. 14, 15 y 33 del T.O.C.A.F |
5 |
340.441 |
Por incumplimiento del Art. 15 del T.O.C.A.F. | 1 | 2.140.586 |
Por incumplimiento del Art. 211 Lit. B) de la Constitución de la República. y de los Arts. 14, 15, 33 y 40 del T.O.C.A.F |
3 |
254.567 |
Por incumplimiento del Art. 15 del T.O.C.A.F. , del Convenio 30 de O.I.T. y Resolución 4913/99 de la Intendencia |
3 |
39.139.542 |
Por incumplimiento del Convenio 30 de O.I.T. | 1 | 33.717 |
Por incumplimiento del Convenio 30 de O.I.T. y Resolución 4913/99 de la Intendencia. |
1 |
86.474 |
En febrero y marzo de 2009 los gastos observados fueron 19,
Motivo | Cantidad | Importe $ |
Por incumplimiento del Art. 211 Lit. B) de la Constitución de la República y de los Arts. 14, 33 y 40 del T.O.C.A.F | 3 | 275.400 |
Por incumplimiento del Art. 211 Lit. B) de la Constitución de la República y del Art. 40 del T.O.C.A.F | 1 | 1.433.486 |
Por incumplimiento del Art. 15 del T.O.C.A.F. | 5 | 656.540 |
Por incumplimiento del Art. 211 Lit. B) de la Constitución de la República. y de los Arts. 14, 15, 33 y 40 del T.O.C.A.F. | 1 | 383.417 |
Por incumplimiento del Art. 63 del T.O.C.A.F. | 1 | 60.900 |
Por incumplimiento del Art. 7 de la Ordenanza 72 del Tribunal de Cuentas | 1 | 1.195.600 |
Por incumplimiento del Art. 14 del T.O.C.A.F. | 2 | 199.247 |
Por incumplimiento del Convenio 30 de O.I.T. y Resolución 4913/99 de la Intendencia. | 2 | 4.714.541 |
Por incumplimiento del Art. 211 Lit. B) de la Constitución de la República | 2 | 303.697 |
Por incumplimiento del Art. 211 Lit. B) de la Constitución de la República y Art. 14 del T.O.C.A.F. | 1 | 68.400 |
ES DECIR QUE EN ESTE PRIMER TRIMESTRE 2009 FUERON OBSERVADOS GASTOS POR $ 51.286.555
Es decir unos U$S 2.125.000
Es de consignar que, todos estos expedientes que, en mérito de los artículos 476 y 477 de la ley 17.296, pasan a la Junta Departamental de Canelones (a efectos de darle cuenta de estas observaciones) son archivados a propuesta de la Comisión Nº 1, sin más trámite y discusión alguna.
NORMATIVA TRANSGREDIDA CONSTANTEMENTE POR LA IMC
Art. 15º. No podrán comprometerse gastos de funcionamiento o de inversiones sin que exista crédito disponible, salvo en los siguientes casos:
1) Cumplimiento de sentencias judiciales, laudos arbitrales o situaciones derivadas de lo establecido en los artículos 24 y 25 de la Constitución de la República (8) (9) (10) (11) (12) (13).
2) Epidemias, inundaciones, incendios y todo tipo o forma de catástrofe cuya gravedad reclame la inmediata acción de los organismos públicos.
3) Cuando acontecimientos graves o imprevistos requieran la inmediata atención del Poder Ejecutivo o de las Intendencias Municipales en sus respectivas jurisdicciones. El monto de los créditos que, anualmente se podrá autorizar en uso de esta facultad, no podrá exceder al 1% (uno por ciento) del Presupuesto Nacional o Departamental (artículos 214 y 222 de la Constitución de la República), respectivamente.
En estos casos se dará cuenta inmediata a la Asamblea General, Comisión Permanente o Junta Departamental que corresponda, lo que se ordenará en el mismo acto administrativo. En los casos previstos en los numerales 2) y 3) las resoluciones deberán dictarse privativamente por el Poder Ejecutivo o Intendencia Municipal según su jurisdicción.
Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, artículo 464.
Art. 16º. Los créditos no podrán destinarse a finalidad u objeto que no sean los enunciados en la asignación respectiva.
Art. 33º. Todo contrato se celebrará mediante el procedimiento de la licitación pública, cuando del mismo se deriven gastos de funcionamiento o de inversión o salidas para el Estado, y por remate (23) o licitación pública cuando se deriven entradas o recursos (24).
No obstante podrá contratarse:
1) Por licitación abreviada cuando el monto de la operación no exceda de $ 2.122.000 (pesos uruguayos dos millones ciento veintidós mil) (*).
2) Directamente cuando el monto de la operación no exceda de $ 106.100 (pesos uruguayos ciento seis mil cien).
3) Directamente o por el procedimiento que el ordenador determine por razones de buena administración, en los siguientes casos de excepción:
A) (25) Entre organismos o dependencias del Estado con personas públicas no estatales o con personas jurídicas de derecho privado cuyo capital social esté constituido en su totalidad por participaciones, cuotas sociales o acciones nominativas propiedad del Estado o de personas públicas no estatales.
Tratándose de personas jurídicas de derecho privado, la propiedad estatal deberá ser sobre el total del capital social, al momento de la celebración del contrato (26).
B) Cuando la licitación pública, abreviada o remate resultaren desiertos, o no se presentaren ofertas válidas o admisibles, o que las mismas sean manifiestamente inconvenientes.
La contratación deberá hacerse con bases y especificaciones idénticas a las del procedimiento fracasado y, en su caso, con invitación a los oferentes originales, además de los que estime necesarios la Administración;
C) Para adquirir bienes o contratar servicios cuya fabricación o suministro sea exclusiva de quienes tengan privilegio para ello, o que sólo sean poseídos por personas o entidades que tengan exclusividad para su venta, siempre que no puedan ser sustituidos por elementos similares. La marca de fábrica no constituye por sí causal de exclusividad, salvo que técnicamente se demuestre que no hay sustitutos convenientes. De todas estas circunstancias se dejará constancia en el expediente respectivo;
D) Para adquirir, ejecutar o restaurar obras de arte, científicas o históricas, cuando no sea posible el concurso de méritos o antecedentes o deban confiarse a empresas o personas especializadas o de probada competencia;
E) Las adquisiciones de bienes que no se produzcan o suministren en el país y que convenga efectuar por intermedio de organismos internacionales a los que esté adherida la Nación;
F) Las reparaciones de maquinarias, equipos o motores cuyo desarme, traslado o examen previo resulte oneroso en caso de llamarse a licitación. Esta excepción no podrá aplicarse a las reparaciones comunes de mantenimiento, periódicas, normales o previsibles;
G) Los contratos que deban celebrarse necesariamente en países extranjeros;
H) Cuando las circunstancias exijan que la operación deba mantenerse en secreto;
I) Cuando medien probadas razones de urgencia no previsibles o no sea posible la licitación (27) o remate público, o su realización resienta seriamente el servicio;
J) Cuando exista notoria escasez de los bienes o servicios a contratar;
K) La adquisición de bienes que se realicen en remates públicos. El precio máximo a pagar será el que surja de la tasación previamente efectuada;
L) La compra de semovientes por selección, cuando se trate de ejemplares de características especiales;
M) La venta de productos destinados al fomento económico o a la satisfacción de necesidades sanitarias, siempre que la misma se efectúe directamente a los usuarios o consumidores;
N) La adquisición de material docente o bibliográfico del exterior cuando el mismo se efectúe a editoriales o empresas especializadas en la materia;
Ñ) La adquisición de víveres frescos existentes en mercados, ferias o directamente a los productores;
O) La adquisición en el exterior de petróleo crudo y sus derivados, aceites básicos, aditivos para lubricantes y sus respectivos fletes;
P) Las adquisiciones que se realicen en el marco de acuerdos intergubernamentales o con entidades estatales extranjeras que involucren un intercambio compensado con productos nacionales de exportación (28).
Q) Para adquirir, ejecutar, reparar bienes o contratar servicios destinados a la investigación científica por parte de la Universidad de la República, hasta un monto anual de U$S 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de América) (29).
R) Las compras que realice la Presidencia de la República para el Sistema Nacional de Emergencias a efectos de atender situaciones de emergencia, crisis y desastres excepcionales, dando cuenta a la Asamblea General (30) (31).
S) (32)
S’) Para adquirir bienes o contratar servicios cuya producción o suministro esté a cargo de una cooperativa social, debidamente acreditada ante el Ministerio de Desarrollo Social, hasta el monto establecido para la licitación abreviada (33).
T) La compraventa por parte de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, de la energía generada por otros agentes en territorio nacional, de conformidad con la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo (34).
U) La contratación de bienes o servicios, cualquiera sea su modalidad, por parte de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados integrantes del dominio industrial, comercial y financiero del Estado, destinada a servicios que se encuentren de hecho o de Derecho en regímenes de libre competencia (35).
U’) La adquisición de biodiesel y alcohol carburante por parte de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland (ANCAP), de conformidad con la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo (36).
V) Para adquirir, ejecutar, reparar bienes o contratar servicios destinados al mantenimiento y mejoras de infraestructura de locales de enseñanza bajo su dependencia, por parte de la Administración Nacional de Educación Pública (37).
W) La contratación de bienes o servicios por parte del Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, cualquiera sea su modalidad, con sindicatos de trabajadores, asociaciones de profesionales y fundaciones vinculadas a la Universidad de la República (38).
Las contrataciones directas indicadas en las excepciones precedentes deberán ser autorizadas por los ordenadores primarios quienes podrán delegar en los ordenadores secundarios dicha competencia en los casos que determinen fundadamente.
Las contrataciones referidas en el literal A) no podrán incluir la participación, directa o indirecta de empresas privadas. Las realizadas al amparo del literal I), deberán contar con la certificación del Ministerio de Economía y Finanzas tanto de la configuración de los extremos que habilitan la causal, como los precios y condiciones que corresponden al mercado (39) (40).
Para el Poder Judicial y Universidad de la República e Intendencias Municipales, dicha certificación la realizará el Tribunal de Cuentas.
Las contrataciones que contravengan esta disposición son nulas (artículo 8º del Código Civil).
Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, artículo 482 con la redacción dada por el artículo 653 de la ley 16.170 de 28/dic/990 y por el artículo 738 de la ley 16.736, de 5/ene/996.
Art. 34º. El Poder Ejecutivo, previo dictamen favorable del Tribunal de Cuentas, podrá autorizar regímenes y procedimientos de contratación especiales (41), basados en los principios de publicidad e igualdad de los oferentes, cuando las características del mercado o de los bienes o servicios lo hagan conveniente para la Administración. Las autorizaciones respectivas serán comunicadas a la Asamblea General y publicadas en el Diario Oficial y en otro de circulación nacional (42).
Los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales podrán aplicar los regímenes y procedimientos autorizados precedentemente.
Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, artículo 483 con la redacción dada por el artículo 653 de la ley 16.170 de 28/dic/990 y artículo 522 de la ley 16.736 de 5/ene/996.
'El vil precio de la necesidad'
Sí hay conductas que se han repetido, consecuentemente, en cada zafra electoral, son precisamente, aquellas relacionadas a promesas fáciles, esgrimidas con desfachatez –hiriendo a la dignidad del otro- por determinados agentes u operadores políticos; y no me refiero a actores del sistema, porque no lo son.
Son esos individuos que, “despiertan” –luego de una larga siesta- en cada instancia electoral, para mercadear (comprar y vender) votos y votantes. Hábiles especuladores que, generan adhesión no, en base a un proyecto político o un perfil hendido en la vocación de servicio, sino a la generación de expectativas y necesidades de carácter personal de cada adepto o, votante.
Operadores o agentes políticos que, buscan solamente un rédito o migaja particular, a expensas de las necesidades de la gente, que cegada por las promesas ligeras, deposita un voto de confianza. Sí, la confianza del electorado se refrenda con el voto, tomando a esta voluntad cívica, como un canje o negocio, que presupone cierta ventaja para ambas partes. Pero…la cosa no es así.
Luego que se recoge el voto, el operador político desaparece “por arte de magia”, en cuanto se acallen los ecos de la campaña, el votante o el dirigente local, terminan siendo esquilados.
Por eso, erigiendo en el altar del respeto, aquello que se denigra cada vez más, y que se da en llamar: dignidad; debería preservarse con conductas contrarias a esas clásicas prácticas del dirigente político. Y de este vicio, ningún partido político es inmune; en todas las tiendas se “cuecen estas habas”. Desde aquel que, en el gobierno promete “un laburito” o, la gestión de alguna situación de la que, pueda sustraerse beneficio propio. Pero, también aquellos que, desde la oposición prometen “de antemano” aquello –que a priori- no se tiene o no se accede.
Es insólito ver, como y de que manera, se corroe aún más la esencia misma de la actividad política como herramienta para el desarrollo humano integral (es decir, el mayor grado de prosperidad no, para unos pocos, sino para todos). El tome y daca, permeó a toda la sociedad, nadie está a salvo. “Ah…yo estoy contigo sí está la mía che” o, “tengo tantos votos, ¿cuanto hay?” son frases harto conocidas de aquel que, “por el vil precio de la necesidad”, se vende al mejor postor.
Estoy convencido que, hay otra forma de hacer política; y no es otra cosa, que defender aquellos principios que nos forjan como persona, promover un determinado programa de gobierno que le abra un surco a un país de oportunidades; ser, en definitiva, legatarios de ese patrimonio filosófico y político de nuestros adalides (Artigas, Oribe, Saravia, Gómez, Herrera y Wilson) y, sin importar en el lugar que el Pueblo nos coloque, conjugar un verbo tan gratificante como lo es el “construir”.
Ahí está la médula de nuestra acción política. Y así nos verán transitar siempre por el camino de obras que hemos trazado en estos primeros diez años de actividad política y social. Realmente, no conozco otra forma de servir a mi pueblo, a Canelones, en definitiva a este bendito país.
Y Lúquez llegó al Parlamento
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Larrañaga en Juanicó
Hoy miércoles 24 de marzo, a las 17.30 hs., el Dr. Jorge Larrañaga pre-candidato a la presidencia de la República por el Partido Nacional viene a Juanicó.
Junto al diputado Alberto Perdomo, Larrañaga visitará el Club Ciclista Juanicó donde se le prepara un evento por su llegada por parte del Edil del sector Dr. Fernando Lúquez.
Es la primera gira por Canelones que comprende varias localidades, y la inicia en Juanicó, para promoer su candidatura con miras a las próximas elecciones internas.
El líder de Alianza Nacional, Jorge Larrañaga, retomará mañana 24 de marzo en Canelón Chico, Juanicó, Progreso, Santa Lucía y ciudad de Canelones la agenda de encuentros “Casa a Casa”, a través de los cuales el líder de Alianza Nacional realiza un intercambio con los vecinos en torno a temas vinculados con la educación, la producción, la seguridad, la salud y el empleo.
El ciclo de reuniones, que Larrañaga realizará acompañado del diputado Alberto Perdomo, se iniciará a la hora 16.00 en la Bodega Toscanini de Canelón Chico, en el kilómetro 30,5 de la ruta 69. Proseguirá en Juanicó con una intensa actividad que cumplirá a la hora 16.30 en Bodega Echeverry (Camino El Gigante), a la hora 17.00 en Bodega Juanicó (Ruta 5) ya la hora 17.30 en el Club Ciclista (San Marcos s/n).
Por su parte, a la hora 18.30 Larrañaga dialogará con los vecinos en el Club de la localidad de Progreso, ubicado en Avda. Artigas frente al Covadonga.
A la hora 20.00, el líder de Alianza Nacional mantendrá un encuentro en el Club Centro Comercial de la ciudad de Canelones y a la hora 21.00 cerrará su actividad en Santa Lucía, en el club ubicado en Artigas esquina Plaza. Por más información www.larranagapresidente.org
LA OPOSICIÓN CONSTRUCTIVA, RINDE CUENTAS
A continuación detallamos las distintas iniciativas del edil (suplente) Dr. Fernando Lúquez Cilintano (Alianza Nacional – Partido Nacional), que ha radicado en diversas oportunidades en la Junta Departamental de Canelones desde julio 2005 hasta la actualidad.
1. Proyecto de decreto: “Normas sobre Protección e integración de Personas con capacidades diferentes” (presentado el 19 de julio de 2005) En la ampliación presupuestal (2008-2010) se aprueba partida para boleto para discapacitados.
2. Minuta de Aspiración: “Extensión de la red lumínica entre los kilómetros 34 al 36 y del 41 al 43, de la Ruta 5” (elevada al MTOP en setiembre de 2005) Se hace lugar a la iniciativa, tendiendo un segundo tramo en setiembre de 2007.
3. Proyecto de decreto: “Sobre el Fomento del Turismo Rural en Canelones” (presentado en octubre de 2005) Con informe del Ministerio de Turismo, a la espera de Informe de la Corporación Turística Canaria.
4. Minutación de Aspiración: “Construcción de una senda peatonal en la acera por Ruta 64 (calle Zelmar Michelini desde la vía férrea hasta la Escuela Nº 160 “Al Aire Libre) – ciudad de Canelones”. Presentado en octubre de 2005.
5. Minuta de Aspiración: “Homenaje a Carlos Brussa” (a realizarse en el 120 aniversario de su nacimiento – 11 de febrero de 2007, presentado en noviembre de 2005).
6. Proyecto de Decreto: “Protección de las Zonas Forestales y Paisajísticas del Departamento de Canelones” (Creación de la Guardia Forestal), diciembre de 2005. Con informe técnico favorable (febrero 2006), con varios informes favorables de las comisiones permanentes 1,4,5 y 9 de la Junta Departamental.
7. Minuta de Aspiración: “Convenio entre MSP, MIDES e IMC para la construcción del edificio para la policlínica de Salud Pública de Juanicó”, presentado en diciembre de 2005 (la policlínica se instalara en el primer piso del edificio del Gimnasio Juanicó).
8. Minuta de Aspiración: “Programa: Una Plaza, un Canelón” (noviembre de 2005). A estudio de la Comisión Departamental del Patrimonio de Canelones.
9. Proyecto de Decreto: “Sobre la eliminación de las fosas comunes en las Necrópolis de Canelones” (febrero de 2006)
10. Minuta de Aspiración: “Casas y Jardines 2006” (diciembre de 2005)
11. Proyecto de Decreto: “Normas Regulatorias del Nomenclátor y Señalización de calles, caminos y carreteras municipales de Canelones” (febrero de 2006).
12. Minuta de Aspiración: Programa “Querer a Canelones”(elevada a la Presidencia de la República, febrero de 2006).
13. Minuta de Aspiración: “Homenaje a Wilson Ferreira Aldunate” (Colocación de Placa en la ciudad de Canelones, archivado). Marzo de 2006.
14. Minuta de Aspiración: “Violación de los Derechos del Consumidor de Sidra” denuncia elevada al MGAP, DIGEGRA e IMC. Leyes 17.189, 17.250 y 17.295. Marzo de 2006.
15. Minuta de Aspiración: “Museo del Tren” (Su declaración de Interés Municipal) a recrearse en el edificio de la Estación Juanicó, se eleva a AFE, la Comisión Honoraria del Patrimonio de Canelones y la IMC, presentado en marzo de 2007. Espera firma de convenio entre IMC y AFE.
16. Proyecto de Decreto: “Sobre la Prevención de las Situaciones de Contaminación Acústica” (en conformidad con el art. 7 de la ley 17852), presentado en mayo de 2007.
17. Minuta de Aspiración: “Violación de los Derechos del Consumidor de Dulce de Membrillo” leyes 17.189 y 17.250 denuncia elevada a la Cámara de Industrias, al MEF, al MGAP, IMC. (junio de 2007)
18. Proyecto de Decreto: “Sobre la tenencia y protección de Animales Domésticos” (presentado en junio de 2007) Aprobado en Comisión de Salud, a la espera de informe de la IMC.
19. Minuta de Aspiración: “Saneamiento para los Barrios Aldecoa, San José y Parada Rodó de la ciudad de Canelones” (presentado el 22 de junio de 2007). A comienzos de 2008, se empezaron las obras por parte de la empresa concesionaria; sigue a estudio de OSE, el inicio de las obras en Parada Rodó, según informaron al edil sugerente desde el directorio.
20. Minuta de Aspiración: “Asignación Presupuestal para ‘obra nueva’ en Juanicó” La construcción a nuevo de la calle San Marcos –único acceso a la localidad de Juanicó, en su primer kilómetro. Así como la construcción de una ciclovía lateral. La inversión rondaría los U$S 400.000, según director de la época (presentado en la junta departamental, el 6 de julio de 2007). El proyecto fue incluido en el Programa “Canelones Capital” en el año 2008.
21. Minuta de Aspiración: “Modificación de la Tasa Bromatológica” Dada la palmaria inconstitucionalidad de este tributo, el edil Lúquez, advierte este desajuste jurídico que, acarrea juicios contra la IMC. Por lo que, propuso su inmediata modificación. La iniciativa fue archivada en la Comisión de Asuntos Legales. Presentada el 6 de julio de 2007.
22. Minuta de Aspiración: “Homenaje a Mª Josefa Álamo y a Don Joaquín Suárez” (Consistente en trasladar los restos mortales de este ilustre matrimonio al Parador Tajes, a efectos de su descanso en la tierra donde erigieron su hogar, asi como designar a la Ruta 46 con el nombre de María Josefa Álamo de Suárez) Elevado al MEC, MTOP y la IMC.
23. Minuta de Aspiración: “Nuevos Servicios de Transporte Colectivo para la zona rural de Juanicó (Albatros – Folle - Camino Al Gigante), elevado a la IMC y al MTOP, en julio de 2007. En mayo de este año (2008), se concretó el avance de tres frecuencias que cubren dicha zona.
24. Proyecto de Decreto: “Sobre la Descentralización Turística en Canelones” (archivado en la Comisión de Turismo de la Junta Departamental de Canelones), presentado en noviembre de 2007.
25. Minuta de Aspiración: “Declaración de Monumento Histórico Nacional al Parador Tajes” (presentado el 3 de agosto de 2007), a estudio de la Comisión del Patrimonio de la Nación.
26. Minuta de Aspiración. “Aguinaldo para pasividades” Es recogido el reclamo de pasivos vinculados a asociaciones civiles del departamento, para lo que, valiéndose de los mecanismos de la Junta, se refiere a este tema, siendo elevado al directorio del BPS y al MTSS. Presentado el 23 de setiembre de 2007.
27. Minuta de Aspiración: “Violación de disposición del TOCAF en materia de gastos públicos en la IMC” El edil Lúquez, denuncia esta situación donde son observados actos y gastos, como falta de documentación contable y no previsión de crédito presupuestal dispone para la realización de determinados actos de gobierno. 27 de febrero de 2008.
28. Minuta de Aspiración: “Designación a calle de Juanicó, con el nombre de Domingo Massaro Placeres” (presentada el 16 de julio de 2008), es aprobada la iniciativa en la Junta Local de Canelones.
29. Proyecto de Decreto: “Normas sobre la transferencia municipal de vehículos automotores” (en estudio Comisión 1 de Asuntos Legales).
30. Minuta de Aspiración: “Monumento a la Mujer Rural en Juanicó” (presentado en octubre de 2008).
QUE CARÁMBULA SE DEDIQUE A SER INTENDENTE, DE LO CONTRARIO QUE RENUNCIE
Declaraciones realizadas por el Edil Fernando Lúquez en el acto que, se realizara en Juanicó, con integrantes de la Unión Nacionalista de Canelones, referente a varios temas políticos y, también electorales.
En cuanto a esto último, el legislador comunal fue crítico con el gobierno, dado que “los integrantes del Frente Amplio que tienen responsabilidad de gobierno, se deben sólo a éste; que es para todas los uruguayos. De lo contrario, aquellos que antepongan intereses partidarios a los nacionales, deben abandonar sus cargos para como, dice nuestro líder el Dr. Larrañaga ‘no convertir al gobierno en un verdadero club político’.
Ahora parece que el Jefe de la Comuna Canaria, entra al ruedo electoral por la banda presidencial; bueno, con el respeto que nos merece, le decimos: Señor Intendente Carámbula no se equivoque, no se distraiga de la tarea municipal para atender temas o intereses electorales. Sepa que usted es ante todo, Intendente para todos los canarios; de lo contrario, si cree que primero está el Frente Amplio y su continuidad en el poder, bueno: renuncie a la Intendencia y dedíquese a otra cosa,” sentenció.
Los más de 60 integrantes de 5 listas y 7 agrupaciones que integran la UN CANELONES, más vecinos y adherentes que se acercaron al Club C. Juanicó para escuchar y apoyar al edil Lúquez, ratificaron el pasado sábado su total apoyo al diputado Alberto Perdomo, quien será proclamado seguramente, candidato a Intendente Municipal de Canelones, en un Congreso Nacionalista en el Club Urupan de la ciudad de Pando, el próximo domingo 7, a las 19 hs.
Declaración de ediles: La soberbia no deja ver errores.
VISTO: El nuevo llamado a Comisión de Asuntos Sociales de los directores del Área de Discapacidad, Sra. Elba Lago; de Recursos Humanos Mtra. Cristina González y de Acción Social (Desarrollo Social) Mtro. Pablo Balbi de la Intendencia Municipal de Canelones.
La bancada de ediles del Partido Nacional en dicha Comisión, considera:
1º. Que los integrantes del Ejecutivo pretendieron (en exceso, a través de la presentación y simple lectura de “power points”) ahondar en detalles de áreas que no se ceñían al objeto del llamado (oficio 07/2008 – del 27 de octubre de 2008), esto es, empleo para discapacitados e implementación del boleto gratuito para personas con capacidades diferentes.
2º. Que se procuró evidenciar, a criterio de los ediles del Partido Nacional, las fallas que se han presentado en ciertas políticas relacionadas con la discapacidad.
A saber:
I- No se ha entendido, por parte de la IMC, la ley 18.094 (art. 1º y sgs) relativa a empleo de personas con capacidades diferentes; en cuanto a los mecanismos de la cobertura de las vacantes presupuestales y funciones contratadas que se generan en la administración. Ni un solo discapacitado ha sido llamado a ocupar cargos en la Intendencia Municipal, a través de llamados que se han hecho.
II- Según las vacantes (presupuestales) generadas en 2005, debieron cubrir 2; en 2006, 5; y en 2007, debieron cubrirse 7 vacantes. Nada de ello sucedió, en plena vigencia de la ley 18.094.
III- Rechazar enfáticamente, declaraciones formuladas por la señora Directora de Recursos Humanos, Mtra. Cristina González, quien aseveró la realización de práctica clientelística a la hora de proveer de cargos, en administraciones anteriores, diciendo que ingresaban “a dedo, discapacitados amigos” sin previo concurso.
IV- Esta representación del Partido Nacional en la Comisión de Asuntos Sociales y Derechos Humanos, sostiene con firmeza, que en esta administración se ha utilizado el dedo para discriminar, con palmaria claridad a la hora de realizar llamados públicos y externos para la cobertura de vacantes presupuestales o funciones contratadas (léase el llamado de mayo 2007, en el que se viola el principio de igualdad, que, luego se pretende enmendar un error consumado). Error que viola uno de los más sagrados principios constitucionales (art. 8 de la Carta Magna), como lo es la igualdad ante la ley; el mismo quedó evidenciado en el Resultando de la Resolución Nº 07/05101 – Expediente A 299937 con fecha del 13 de setiembre de 2007, donde dice que dos ciudadanas profesionales “no pudieron acceder al referido llamado por su condición de no videntes” (http://www.imcanelones.gub.uy/sgd/sgd_doc.jsp?id=0340C3F5C410F50E0325734C007D9A82).
V- Téngase en cuenta también que, funcionarios públicos discapacitados, (caso de la funcionaria - expte.459-40/2007, Juzgado Letrado de Primera Instancia de 3° turno) que obtuvo una sentencia favorable; condenándose a la IMC a pagar una importante cifra, dado el sufrimiento padecido por actos que le ocasionaron daño moral y otros perjuicios.
VI- Se admitieron, por parte de la Directora de Discapacidad, Elba Lago, errores padecidos en la implementación del boleto gratuito para personas con discapacidad, dado que no hubo una campaña de difusión tendiente a la información (ni siquiera en la web oficial www.imcanelones.gub.uy se dio difusión) para el retiro de formularios a efectos del estudio previo al otorgamiento de los boletos.
VII- Que hubo notoria tardanza en los pasos previos, a la fase administrativa antes mencionada, esto es: firma de convenio con las 13 compañías de transporte colectivo en mayo (cuyo plazo vence el próximo 31 de diciembre); a lo que, se suma el reconocimiento de no haber llegado, con los tiempos estimados por la Dirección de Discapacidad; cosa que tampoco pudo concretarse.
VIII- Se saluda sí, la importante donación obtenida mediante la cooperación internacional del gobierno noruego en implementos para personas discapacitadas.
IX- El abordaje del tema accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, ha tenido un encare programático del cual se esperan avances, por parte de esta representación.
Ante estas consideraciones, los representantes del Partido Nacional en la Comisión Nº 10 de Asuntos Sociales y Derechos Humanos, resuelven elevar a la Bancada de Ediles, el siguiente proyecto de RESOLUCIÓN:
1º. Declárese insatisfactorias la información brindada por los jerarcas llamados a Comisión, el pasado 18 de noviembre de 2008.
2º. Por lo precedente, es que se considera que la Intendencia Municipal ha tratado con notoria tardanza y evidentes errores administrativos a la hora de la implementación del boleto gratuito para personas discapacitadas, tanto como en la aplicación rigurosa de la ley 18.094 publicada en el D. O. el 16 de enero de 2007 y su decreto reglamentario del 11 de junio de 2007.
3º. Procurar, mediante la gentileza de los medios de prensa, la mayor difusión a la implementación del boleto gratuito para personas discapacitadas y otras políticas sociales de atención a la discapacidad en Canelones, dada la carente política comunicacional que, por parte, de la Intendencia se ha llevado adelante.
4º. Analizar junto a la Bancada los distintos mecanismos de contralor, tendentes a deslindar eventuales responsabilidades de autoridades de la IMC.
SE ENTERÓ A LA JUSTICIA DE LOS HECHOS CON PRESUNCIÓN DELICTIVA EN LA IMC
En la tarde de hoy, lunes 10, el edil departamental Dr. Lúquez, entertó al Dr. Nievas, Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Menores de 1º turno los hechos que se describen en dos notas publicadas en www.elpais.com.uy (con fecha del 31 de octubre y 1º de noviembre de 2008), donde enuncian ciertos actos que serían arbitrarios a cargo del responsable de la Unidad de Locomoción de la IMC. (ver nota: EL CORRESPONSAL)
Si bien, las autoridades de la IMC, han iniciado la preceptiva investigación administrativa, se consideró pertinente enterar a la justicia debido a la gravedad de los dichos a que refieren las notas de aquel medio capitalino.
)
"LO QUE NO HICIMOS UNA VEZ, LO HAREMOS AHORA"
Lo principal es el poder, lo accesorio la legalidad; ese parece ser la actitud de ciertos grupúsculos del frente amplio, que parecen no haber escuchado al Presidente, que vienen bregando para torcer no ya la voluntad del Dr. Vázquez, sino burlar al texto magno de la República: nuestra Constitución Nacional.
Es que, parece no importar ya, el Estado de Derecho y la institucionalidad; así empezamos por allá en 1971. Cuando el otrora presidente Pacheco Areco, y sus acólitos, promovieron una idéntica iniciativa tendente a conservar no el gobierno, sino el poder público. Pero, la actual intentona reeleccionista es peor aún, porque vigente que está la última reforma constitucional (plebiscitada en 1997) dispone un régimen de candidaturas a la Presidencia y Vice-presidencia de la República únicas por lema reconocido ante la Corte Electoral (artículo 77 num. 12 y Disposición Especial “W” de la Constitución).
Veamos sí acaso la historia de 1971, no se reedita. En aquel año, el país no solo vivía ya los primeros síntomas de aquella peste que se enquistara en la institucionalidad republicana en junio de 1973; en esa misma época, surgía un movimiento similar al que el Frente Amplio impulsa hoy, la llamada “Unidad Nacional Reeleccionista” promoviendo a Jorge Pacheco Areco, para presidir un nuevo período de gobierno. Ayer se decía “Pacheco o nadie”, decían los impulsores de la iniciativa reformista; hoy, es “Vázquez o nadie”, precisamente promueven esto, aquellos que se opusieron al mejor estilo frenteamplista, al movimiento reeleccionista. ¿Se vendrá el “Tabarecato”?
No es casualidad que, el pasado 27 de octubre, reconocidos boxeadores apoyen la reelección de Vázquez, sea esto quizá, como mejor homenaje a quien fuera presidente de la Asociación Uruguaya de Boxeo, y posterior presidente de la República, Jorge Pacheco Areco. El corsi et ricorsi de la historia así lo está demostrando.
Lo que no hicimos una vez, lo haremos ahora; esta parece ser, la frase que adoptará, con seguridad, el Dr. Tabaré Vázquez, si asiente la inconstitucional propuesta de adherir a una reelección de cara a los próximos comicios. Asi es que, se superpone la paz interna del conglomerado de izquierda al orden constitucional; se le pone una tapa a eventuales reyertas que podrían acaecer, al comparecer con pre-candidaturas, y así, dejar la puerta abierta para que sendos frenteamplistas incidan en las internas de otras colectividades políticas, por ejemplo, en nuestro Partido Nacional. ¡Vamos que somos pocos y nos conocemos!
Realmente, la gran mayoría de los uruguayos hemos visto superada nuestra capacidad de asombro, respecto de actitudes políticas que mutan permanentemente, según del lado “del mostrador” se esté. Esto solo tiene una denominación: abandono de las históricas banderas del frenteamplismo. Pues no solo se abandonó la bandera anti-reeleccionista, sino en otras áreas públicas, se abdicó a aquellos muros pintados que rezaban conocidas frases como “NO AL FMI” (y se adelantaron pagos, engrosando aun más la deuda externa), “NO PAGAR LA DEUDA EXTERNA”, “YANKEES GO HOME”, y aún recordamos los sendos encuentros tanto en Washington D. C. como en Anchorena (Colonia); “NO A LAS PRIVATIZACIONES”, “NO A LAS PAPELERAS”, etc.
En fin, en algo se diferencia el Frente Amplio con Pacheco Areco, y es que, mientras éste se le caracterizó por aquella frase proselitista de que “lo hicimos una vez y lo volveremos hacer”, hoy y siempre, el frente dice “lo que no hicimos una vez lo haremos ahora.”
A la Junta...
En la víspera, tal como se anunciaba, el edil Dr. Fernando Lúquez formuló, con el apoyo de blancos y colorados, el llamado a Sala a la Responsable del Área de Discapacidad, Elba Lago, la Directora de Recursos Humanos, Mtra. Cristina González, y, el oficialismo solicitó también la presencia de la Dirección General de Desarrollo Social.
Luego de una hora cuarenta minutos, de duro debate político, por unanimidad la Comisión Nº 10 de Asuntos Sociales, votó una moción tendiente al llamado promovido por la oposición. Tres puntos serán los convocantes: materia de empleo y cumplimiento del articulo 42 de la ley 16.095; implementación del boleto para discapacitados, su tardanza; y un proyecto de Discapacidad Visual, presentado en febrero de 2007, por la edila Martha Villalba y Julio Varona (FA), que, la IMC informó la existencia de un proyecto de esas características, el que, se vendría llevando adelante, pero muy pocas referencias sobre la iniciativa comunal se hicieron, proponiendo si, el archivo de la iniciativa de Villalba. La edila oficialista, al ver que sus compañeros, antes de los dos cuartos intermedios, se retiró de sala, algo ofuscada con el comportamiento de sus compañeros.
La convocatoria, tiene carácter urgente, dada las declaraciones formuladas a varios medios de prensa, por parte de la Responsable del Área de Discapacidad, donde quedaron explicitadas algunas incongruencias http://2008.hoycanelones.com.uy/content/view/1760/1/ donde no quedaron claras ciertas cuestiones vinculadas a la difusión de los plazos para el retiro de formularios para la emisión de los boletos de discapacitados y respecto de la aplicación del articulo 42 de la ley 16.095.
Edil Lúquez elegido para integrar 3 Comisiones mas en la Junta Departamental de Canelones
En la jornada de ayer, viernes 17, la bancada de ediles del Partido Nacional, designó al Edil (PN) Dr. Fernando Lúquez, como integrante en 2 comisiones permanentes y una especial.
Además de ser miembro titular de la Comisión Nº 10 (Asuntos Sociales y Derechos Humanos) y miembro suplente de la Comisión Nº 5 (Arquitectura, Urbanismo, Vivienda y Nomenclátor); Lúquez será ahora integrante Titular la Comisión Nº 11 de Descentralización y Participación Ciudadana.
Tambien será miembro suplente de la Comisión Nº 2 (Obras y Tránsito) y de la Comisión Especial "Que Junta queremos" que tiene -entre otros cometidos reformar el Reglamento Interno que rige a la Junta Departamental con la finalidad de jerarquizar el organismo legislativo canario.
EN EMPLEO, LA COMUNA TAMBIÉN LES FALLÓ A LOS DISCAPACITADOS
Hace más de un año que la Intendencia de Canelones -administración del Dr. Carámbula- no cesa de hacer anuncios politicos respecto del area de la discapacidad, como en tantas otras áreas. Esa característica mediática de la actual administración en Canelones, gobierna la Comuna de la Anunciación (pulsar aqui para oir a Luquez en Radio Canelones); y se puede notar en lo siguiente noticia publicada en el diario LA REPÚBLICA en setiembre del 2007 Promueven acciones para inserción laboral de personas discapacitadas - Comunidad - 09 de septiembre de 2007.mht) donde se anuciaban -en la prensa nacional- importantes avances en materia de empleo así como el aún no implementado boleto gratuito o becario para personas con discapacidad.
En aquella oportunidad, se firmaba otro convenio, en este caso con PROCLADIS, donde –entre otras cosas- la comuna se comprometía, según la Directora de Desarrollo Social, Prof. Garrido a “hacer respetar la ley 16.095, y en este contexto, promoverá una estrategia de inclusión social, dándoles a las personas con capacidades diferentes, diferentes oportunidades de aprender, estudiar y trabajar.”
En efecto, nada se ha hecho al respecto. Es más, personas discapacitadas, padres y familiares de éstas, se han apersonado ante nosotros, en el entendido de hacer ver, que la Comuna no va en esa dirección, a la hora de realizar llamados para contratos de función pública, u otras modalidades de inserción laboral ya sea en la misma Intendencia o, a través de los canales que abrió aquel acuerdo entre la JUNAE (Junta Nacional de Empleo), PROCLADIS (Proyecto de Capacitación Laboral de Discapacitados) y la IMC. El hecho es que, los interesados se han acercado ante las oficinas municipales, pero se sirven de información poco alentadora, viendo que sí han ingresado a la función pública nuevos empleados (en las mismas dependencias de la Dirección General que llevaría adelante aquel acuerdo), mas ningún discapacitado ha ingresado; por lo que, para nada se tiene en cuenta a la ley 16.095 (Sistema de protección integral), art. 42. No solo la IMC está omisa en cumplir esta disposición, sino que la Oficina Nacional del Servicio Civil, no ejerce el contralor que la ley le atribuye.
Aquí ya hay otro botón para la muestra. Solo se ha hecho prensa con un tema, que trasciende a lo político, y que atraviesa al plano humano.
SIN BOLETO PARA DISCAPACITADOS, ¿DONDE ESTÁ LA PLATA?
Un amigo me comentó, hace poco, que esta Intendencia no sólo se caracteriza por su singular grifa de la Comuna Canaria, sino como la “Comuna de la Anunciación” o la “Intendencia del Próximamente”. Creo que en algunos aspectos, esta denominación calza perfectamente.
Así es, en uno de los tantos temas, el boleto gratuito para personas discapacitadas, asignatura aún pendiente por razones que sólo la IMC conocerá. Porque la Junta Departamental de Canelones, aprobó una partida (en la ampliación presupuestal para 2008-2010), que asciende a $ 1.540.040 (son pesos uruguayos un millón quinientos cuarenta mil cuarenta) vigente a partir del 1º de enero de 2008, año que ya entró en su último trimestre. Y aún nada, de nada. ¿Qué se habrá hecho con ese dinero?
Sólo se firmó, en mayo un convenio con las empresas del transporte departamental a efectos de implementar la partida aprobada, en la concesión de aquellos boletos para personas discapacitadas carenciadas de Canelones. Cosa que así lo ratificó en la Junta Departamental, la directora del Área de Discapacidad, Elba Lago (el 8 de junio del corriente).
En esa oportunidad, la Directora Lago, dijo en cuanto a los tiempos de implementación que: “...Hablo de agosto porque no me gusta crear falsas expectativas. Podría decir julio, pero si no llegamos a ese mes, la gente se enoja. Por eso prefiero decir agosto. Si lo podemos hacer antes, mejor.” (Esto surge según versión taquigráfica, levantada el 8 de junio de 2008, pág. 10). Y pasó julio, todo agosto y también setiembre, y arranca el último trimestre del año, y aún los discapacitados esperan.
Es que, es de consignar que, los integrantes de la Comisión de Asuntos Sociales del Partido Nacional, informaron a su bancada (se adjunta informe, con fecha del 18 de junio de 2008), hubieron de constatar ciertas imprecisiones y claroscuros brindados por la jerarca, en cuanto a la implementación (prácticamente frustrada para el año en curso), aquí empiezan a verse las pruebas de que, aquellas poco felices declaraciones del edil socialista Gustavo Silva, quien nos califica de “mentiroso descarado” (ver nota en http://elcorresponsal.blogia.com/2008/052701-edil-gustavo-silva-el-edil-luquez-es-un-mentiroso-descarado.php ) No fue necesario, ni lo será ahora, refutar tales aserciones teñidas de rencor y frustraciones. Ahora es la propia realidad que indica la existencia de hechos, dichos y actos de jerarcas de la IMC que, precisamente han faltado a la verdad, quizá ello se deba a las evidentes improvisaciones y la ausencia de idoneidad, en aquellos jerarcas que no fueron designados en virtud de su preparación técnica o capacidad de gestión administrativa. Quizá, la cuota política pesa más que la ejecución eficaz de políticas y programas municipales.
No obstante, la propia bancada oficialista siguió los pasos del edil Silva (ver nota en http://elcorresponsal.blogia.com/2008/060303-el-edil-luquez-es-distorsionante-irresponsable-y-antietico-segun-los-ediles-del-.php ) parece el frente amplio tiene un concepto relativo de la responsabilidad ¿acaso no deben responder los jerarcas ante los incumplimientos legales, políticos y administrativos? O ¿Se seguirá campantemente administrando a la Comuna de la Anunciación? Donde se ha visto como se generan expectativas y se cosechan fracasos por doquier.
Quizá, por la escasa capacidad de determinados jerarcas en sus respectivas funciones (cosa que han demostrado), tenga también responsabilidad la oposición. (¿?) En realidad, más no se puede hacer desde el Partido Nacional, pues: se propuso un proyecto sobre discapacidad (como en tantas otras áreas), iniciativa nacionalista estudiada por casi 14 meses en la Junta Departamental y en la Intendencia; no votada integralmente pero que, el oficialismo se encargó de “desguazar y mudar prendas” de tal forma que, alguno de sus contenidos, fueran incorporados a la agenda del gobierno comunal.
Mas allá, de esta nuestra discrepancia sobre la planificación presupuestal y ejecución de programas municipales, por parte de la IMC, que evidentemente, padece grandes desarmonías provocando retrasos en la aplicación y la obtención de resultados óptimos para la sociedad, pero lo peor es, que se generan expectativas y se cosechan frustraciones.
GOBIERNO NO CUMPLE CON NORMATIVA SOBRE EMPLEO
Las autoridades del gobierno, se jactan –al difundir cifras oficiales del INE (Instituto Nacional de Estadísticas), afirmando que la tasa de desempleo en Uruguay, ha bajado con índices sorprendentes.
Lo que sí, es sorprendente dos cosas: una, que en materia de encuestas la pregunta que realizan los funcionarios del INE, es sí en los últimos catorce días el encuestado trabajó un jornal. Sí su respuesta es afirmativa, esa persona, ya tiene empleo (no es un desocupado, para el gobierno). Esto debería ser así, sí el encuestado trabajara una vez al mes, percibiendo una cuarta parte de lo que gana el Presidente de la República, el Dr. Vázquez, como funcionario de una reconocida mutualista. ¿Es una cortina de humo, todo esto?
La otra cosa que sorprende, sucede por Canelones. Siempre es bienvenida la radicación de capitales extranjeros o nacionales, en la fecunda inversión de generar puestos de trabajo, directo e indirecto, esa es la clave para el desarrollo del departamento y del país. A tal punto, que la Intendencia Municipal –creemos que, convencida de tales parámetros, al igual que nosotros- provee de todos los mecanismos tributarios para acercar y atraer dichas inversiones, es más, ha donado predios para tal fin. Cosa que también saludamos, entusiastamente.
Pero....lo que no es permisible, la política que lleva a cabo firmas ubicadas, en la Ruta 5 (nueva) a la altura de Progreso, como es el hecho de contratar a sus empleados, por períodos de hasta 3 meses, sin opción a una recontratación; por más que el obrero haya realizado sus tareas de forma óptima y eficiente para la empresa. Eso no importa, no se lo recontrata y listo. Tres meses y afuera.
Es más, los empleados conformaron una entidad sindical para promover las instancias de diálogo con las autoridades patronales, pero...también se prescindió de los sindicalistas. Según nos informaron, dos ex empleados de la firma (CAHORS), que una de las condicionantes por las que, la IMC contribuyera para la instalación de la planta industrial en Progreso, fue el hecho de que la empresa se obligaría a contratar personas residentes en la región, cosa que –así lo afirman los rescindidos- no habría sucedido sino que se contrató a una empresa arrendadora de servicios (tercerización empresarial).
Con este tipo de acciones privadas –quizá con la omisión de actuar, de las autoridades nacionales y gremiales- hacen que, se viole –por ejemplo- el artículo 1º del Convenio Internacional de Trabajo Nº 122 (ratificado por la ley 14.566 de 30 de agosto de 1976) que expresa: “Con el objeto de estimular el crecimiento y el desarrollo económico, de elevar el nivel de vida, de satisfacer las necesidades de mano de obra y de resolver el problema del desempleo y del subempleo,...(se) deberá formular y llevar a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido.”
Así, con ejemplo como estos poco o nada se contribuye al pleno empleo que orienta la OIT y es legislación vigente en Uruguay.
CARÁMBULA ¿PIDE DISCULPAS O REELECCIÓN?
Cuando hay que dar explicaciones, el Intendente de Canelones Marcos Carambula va a la mesa política departamental del FA (por ejemplo, el caso de presuntas “libretas truchas” expedidas en la Junta Local de Las Piedras), y recibe aplausos de sus compañeros. O como este lunes sale a los medios a justificarse ¿o pide reelección?
Da explicaciones nada más que a los frenteamplistas (cosa que ocurre entre cuatro paredes, informándose aquello que convenga a la fuerza política). La Junta Departamental no existe, a esos efectos, para el Intendente Carambula.
El partido de gobierno es oficialismo y oposición; allí, empieza y termina el espectro político de Canelones. Lo mismo pasa en algunos medios de prensa donde no se escuchan las dos campanas.
Se difunde la información que justifica las grandes ausencias del poder municipal que Canelones sigue soportando.
Además habla de lo que quiere, no de lo que debe.
Habla de sus fallas más evidentes –el ABC- alumbrado, basura y calles.
En Toledo, por ejemplo, ruta 33 Km. 22,500 Barrio Olivos, el lamentable estado de las calles, provocó la caída de un vecino que, a raíz de ello, se fracturó una pierna; así nos fue denunciado en su oportunidad por el vecino Aníbal González.
En Juanicó, la principal calle de acceso a su planta urbana tiene en 20 metros 41 pozos. Cada 5 o 6 meses (generalmente en tiempos que se realiza algún festival local o aniversario de la comarca) se “tapan pozos” tal mal, que vuelven a descubrirse semanas después.
En Sauce, la situación grave de 2 puentes con riesgo de derrumbe, sigue inalterada pese a los reclamos realizados ante la IMC y el MTOP por la edila local Mirian Aladio. Solo días antes del Natalicio aparecen las “obras”
Las Piedras y las villas, donde no hay sustanciales mejoras viales, excepto Dr. Pouey porque -ruta de acceso y demasiado visible-, pero en el resto de las 112 localidades canarias “el cambio” no se ha producido.
Es bueno que el Intendente reconozca el déficit de obras que Canelones aún tiene, hablar de más tiempo equivale a promover su reelección; tal como deja de entrever ya en varios medios de prensa, departamental y nacional.
Si se prescindiera de los casi 200 cargos de particular confianza que este Municipio que se llevan casi medio millón de dólares del Presupuesto, que son innecesarios porque véase esto: que sentido tienen 2 direcciones generales de Promoción de la Salud y Contralor Sanitario -antes estaba unificada en la Dirección General de Contralor Sanitario
¿Y la llamada Comuna Canaria Joven, el Centro Estratégico de Estudios Canarios, la Dirección de Diseño Comunicacional, Asesoría de Planeamiento Estratégico y Coordinación?.
Nadie sabe que hacen pero todos saben lo que cobran.
La Comuna Canaria ha duplicado el número de los funcionarios municipales.
La Comuna Canaria -alquilando o por comodato- ocupa nuevos locales para alojar a las nuevas dependencias, donde solo hay jefes.
Como oposición no desconocemos la enorme dificultad que posee la administración de un departamento como Canelones. Por eso requería austeridad, prudencia, responsabilidad fiscal.
No es casualidad que, durante el pasado período (2000-2005) siempre hubiera en la Junta (durante las sesiones) corresponsales de los medios, incluyendo los de Montevideo. Actualmente se la ignora.